Falta de acceso al agua potable y expansión del Covid-19 en villas y asentamientos informales de la región metropolitana de Buenos Aires

Por Patricio Besana

Últimamente, ¿cuántas veces escuchamos que el distanciamiento social y el lavado frecuente de manos son fundamentales para afrontar la expansión del COVID-19? Si bien parecen medidas sencillas, no son fáciles de llevar a cabo para quienes sufren de hacinamiento o carecen de acceso a infraestructura urbana de calidad. Tras ocho días de corte del suministro de agua corriente, la noticia de la primera muerte por contagio del virus en la Villa 31 despertó la preocupación de parte de la opinión pública. Integrantes de organizaciones sociales hicieron responsable al ejecutivo porteño por la muerte consumada y por el peligro que representa la expansión del COVID-19 en dicho contexto (Safatle 2020). Otros, por su parte, extendieron la acusación a las autoridades de la empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), dependiente en un 90% del Estado Nacional (La Nación Editorial 2020).

Mientras el Jefe de Gobierno porteño no se manifestó al respecto, la presidenta de AySA deslindó responsabilidades. En primer lugar, afirmó que durante el gobierno de Mauricio Macri la red de agua potable de AySA creció tan solo un 1% y que la empresa fue desfinanciada. En segundo lugar, señaló que AySA tiene competencia solo hasta los límites de la villa, siendo el Gobierno de la Ciudad quien opera la red al interior del barrio (Gentili 2020).

¿Cuánto de cierto hay en dichas afirmaciones? Aunque a grandes rasgos ambas son correctas, el tono en que fueron planteadas y recogidas por algunos medios contribuye a crear una falsa imagen de la falta de acceso al agua potable en villas y asentamientos; como si ésta fuera coyuntural o producto del descuido de una gestión de gobierno. Esto no es así. Para brindar una imagen más certera de la realidad, a continuación retomamos las afirmaciones de la presidenta de AySA y las contrastamos con algunos datos.

Comencemos por la primera de ellas: si bien se estima que la extensión del servicio de agua de red por parte de AySA fue muy pobre durante el período 2015-2019, conocer la cifra exacta no es tarea sencilla. La propia empresa dejó de publicar datos durante dicho período.

Entre 2006 y 2015, en cambio, la extensión de redes de agua potable habría alcanzado a 2.693.760 habitantes de la Región Metropolitana de Buenos Aires (AySA 2017). El dato no es menor, dado que habla del período de mayor crecimiento de la red en dicho territorio desde 1947 -año en que culminó el período de auge de la empresa Obras Sanitarias de la Nación (Besana 2018).

Por su parte, datos sobre el financiamiento recibido por AySA son consistentes con los anteriores. Por tomar un ejemplo, en el año 2010 las transferencias directas del tesoro nacional habrían alcanzado el equivalente al 60% de los ingresos brutos de la empresa (Castro 2011).

En otro orden cosas, tal como afirmó la presidenta de AySA, la empresa no estaría obligada a prestar los servicios al interior de la Villa 31 -o de cualquier otra villa o asentamiento informal- según se desprende de las Leyes Nacionales 26.100 y 26.221, el Instrumento de Vinculación entre el Estado Nacional y la empresa y el Marco Regulatorio de AySA. No obstante, otro es el cantar si se considera la adhesión del Estado Nacional a ciertos tratados internacionales y a las declaraciones de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y de Desarrollo Sostenible (ONU 2000; 2010; 2015). Por medio de estos, el Estado Nacional no solo reconoce el Derecho Humano al Agua, sino que se compromete a reducir la cantidad de gente que no goza de dicho bien. Por su parte, el decreto 304/06[1] que dio vida a la empresa, así como publicaciones de AySA, profundizan la noción del acceso al agua potable como derecho humano y hacen énfasis en “reducir las desigualdades sociales” y prestar atención prioritaria a las “áreas históricamente relegadas” y a la “población de bajos recursos” (AySA 2006: 16 y 2011: 13).

Asimismo, aun cuando se interprete que AySA no está formalmente obligada a extender los servicios al interior de villas y asentamientos informales, el accionar de la empresa indica lo contrario. Desde sus inicios, AySA tomó bajo su competencia y expandió el programa Agua + Trabajo. Este es un programa de transferencia condicionada orientado a extender las redes de agua potable en barrios populares mediante cooperativas de trabajo integradas por vecinos que reciben a cambio un ingreso monetario (AySA 2017). Según testimonios de personal de AySA, el programa corrió con distinta suerte dependiendo del municipio y de la experiencia de las cooperativistas que lo llevaron adelante (Besana y Fernández Bouzo 2020). Por su parte, cooperativistas denunciaron la falta o insuficiencia de equipamiento, instrumentos básicos y capacitación para llevar a cabo su labor (Besana 2018). Con todo, hacia fines de 2015 el programa habría instalado alrededor de 408 kilómetros de redes que brindan servicio a un estimado de 165.294 personas (AySA 2017).

Por su parte, datos de distintas fuentes estiman que todavía es muy grande la brecha entre la población que accede al servicio de agua potable en barrios formales y la que lo hace en villas y asentamientos informales. Para el período 2015/2016,  un trabajo del Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica Argentina (Bonofiglio 2017) indicaba que mientras el 11,8% de la población que residía en zonas de ingresos medio-altos del Conurbano Bonaerense carecía de acceso a la red de agua potable, la cifra alcanzaba el 33,1% para quienes residían en villas y asentamientos informales. Más allá de la diferencia, los últimos datos también indicaban una notoria mejoría respecto del período 2010/2011 (-9,2%).

A su vez, la fundación TECHO junto con organizaciones sociales que participan del Registro Nacional de Barrios y Asentamientos Populares (RENABAP), calculaban que tan solo un 4,9% y un 2,1% de las familias que en 2016 residían en villas y asentamientos informales de Provincia y de la Ciudad de Buenos Aires, accedían al agua de red por medio de una conexión regular. Dichos números ascendían notoriamente a un 49,3% y a un 91,7% respectivamente, de considerarse las conexiones informales (TECHO 2016) que a menudo hacen los vecinos (Besana 2018; Besana y Fernández Bouzo 2020).

Ahora bien, repasemos: según lo dicho se puede estimar que el accionar de AySA hasta 2015 tuvo un efecto positivo en el acceso al agua potable por parte de la población en general y por parte de la que reside en villas y asentamientos en particular. No obstante, ya sea por medios formales (Agua + Trabajo) o por vías informales, el acceso al agua potable en villas y asentamientos (no así en otros contextos) resulta en gran medida de la (co)participación de vecinos de los mismos barrios. No solo eso, una serie de trabajos muestran cómo esto ha sido una constante desde el retorno de la democracia en adelante, incluso bajo gestión pública (Brunstein 1988 citado en Cáceres 2014; Besana 2018; Besana y Fernández Bouzo 2020). En suma, pese a los avances expuestos, dicha constante contradice notoriamente la noción del agua potable como derecho humano, hace corresponsables de la prestación del servicio justamente a quienes menos recursos tienen para acceder al mismo, y conlleva una serie de riesgos referentes a la calidad del agua o al propio acceso al servicio de parte de los sectores de menos recursos (Lentini y Brenner 2012; Besana 2018; Besana y Fernández Bouzo 2020).

En ese contexto, la coyuntura actual es apremiante y precisa atención inmediata. No obstante, la falta de acceso al agua potable en villas y asentamientos informales es fruto de una desigualdad estructural que –aun con matices- ningún gobierno atendió debidamente. Aunque desde una perspectiva formal y reduccionista se puede interpretar que el Estado Nacional no tiene responsabilidad alguna, garantizar que el conjunto de la población acceda al agua no corresponde sólo al Estado de la Ciudad. También el Estado Nacional debe abogar por el acceso a dicho bien; máxime cuando, en el ámbito internacional y en el foro interno, reconoce al agua potable como un derecho humano.

REFERENCIAS

  • AySA. 2017. «Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima». 2017. https://bit.ly/2EUqxG.
  • Besana, Patricio Bruno. 2018. «Agüita de la miseria. Derecho humano al agua potable y acceso de red en asentamientos informales del Conurbano Bonaerense (1983-2015)». En Construir el ambiente. Sociedad, Estado y políticas ambientales en Argentina, editado por Ricardo A. Gutiérrez, 407-68. Buenos Aires: Teseo. https://www.teseopress.com/construielambiente/.
  • Besana, Patricio Bruno, y Fernández Bouzo. 2020. «¿Agua que no has de beber? Acceso al agua potable e intermediarios en asentamientos informales del Conurbano Bonaerense (1983-2015)». Cuadernos de Geografía: Revista Colombiana de Geografía 29 (1): 152-70. https://doi.org/10.15446/rcdg.v29n1.72621.
  • Bonofiglio, Nicolas. 2017. «Informe Técnico. Acceso a condiciones habitacionales, infraestructura urbana básica y a un medio ambiente saludable para la población del Conurbano Bonaerense». Buenos Aires: Observatorio de la deuda social argentina y Defensoría de la Provincia de Buenos Aires.
  • Cáceres, Verónica. 2014. «La política de agua y saneamiento en Argentina: el desafio de la universalización de los servicios». Economía y Sociedad, 94-119.
  • Castro, José E. 2011. «El proceso de democratización de la gestión de servicios públicos esenciales de agua y saneamiento». Hábitat y Sociedad 2: 49-85.
  • Daniel Gentili. 2020. «Malena Galmarini: “Tenemos las denuncias realizadas por los vecinos de la villa 31”». Habrá Consecuencias. Destape Radio.
  • La Nación Editorial. 2020. «Carta. Bonafini arremetió contra Larreta y Malena Galmarini por la Villa 31». 3 de mayo de 2020. https://www.lanacion.com.ar/politica/coronavirus-argentina-bonafini-arremetio-rodriguez-larreta-malena-nid2360980.
  • Lentini, Emilio, y Federica Brenner. 2012. «Agua y saneamiento: un objetivo de desarrollo del milenio. Los avances en la Argentina.» Voces en el Fénix 3 (20): 42-51.
  • ONU. 2000. Declaración del Milenio. (Resolución aprobada por la asamblea [sin remisión previa a una comisión principal (A/55/L.2)]). Territorio Internacional de las Naciones Unidas: ONU.
  • ———. 2010. El derecho humano al agua y el saneamiento (Resolución 64/292 aprobada por la asamblea general). Territorio Internacional de las Naciones Unidas: ONU.
  • ———. 2015. Transformar nuestro mundo: la agenda 2030 para el desarrollo sostenible. (Resolución aprobada por la asamblea general el 25 de septiembre de 2015 [sin remisión previa a una comisión principal (A/70/L.1)]). Territorio Internacional de las Naciones Unidas: ONU.
  • Safatle, Pilar. 2020. «Vecinos de la Villa 31 denuncian que llevan más de cuatro días sin agua y con cortes de luz: “En pandemia la necesitamos más que nunca”». Infobae. mayo de 2020. https://www.infobae.com/sociedad/2020/04/29/vecinos-de-la-villa-31-denuncian-que-llevan-mas-de-cuatro-dias-sin-agua-y-con-cortes-de-luz-en-pandemia-la-necesitamos-mas-que-nunca/.
  • TECHO. 2016. «Relevamiento de Asentamientos Informales 2016». CABA: TECHO Argentina.

[1] Ratificado por la Ley 26.100/07

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